Desafíos que tiene Chile en materia de firma electrónica

¿Qué podemos hacer para que los chilenos le pierdan el miedo a tener una firma electrónica? Es a juicio de Jaime Soto, secretario general de la Asociación Chilena de Empresas de Tecnología de Información A.G. (Acti), la gran interrogante cuando se habla de la situación actual de los contratos y documentos electrónicos en nuestro país.
«Por alguna razón hoy los chilenos no hemos asumido firmar electrónicamente. En el mundo tecnológico tenemos todas las herramientas necesarias para hacerlo; es decir, desde la industria no tenemos ningún problema en autentificar, desarrollar y modelar, entre otros procesos, en relación al contrato electrónico y a la firma electrónica».
Precisa que en este tema hay avances, los que están asociados a las leyes. Por ejemplo, la Dirección del Trabajo estableció el año 2008 la posibilidad de celebrar contratos laborales mediante la firma electrónica, Ley 19.799, pero recién con la implementación de la firma electrónica avanzada se abrió la posibilidad de firmar contratos laborales de esta naturaleza.
Destaca además que las notarías tienen implementadas la firma electrónica, pero por ley ellas requieren de un piso tecnológico. «Sin embargo, hay trámites que se requieren hacer en forma presencial, por ello hay que separar qué trámites se pueden hacer notarialmente electrónicamente y cuáles no».
Sostiene también que el Poder Judicial ha desarrollado el expediente electrónico, mientras que el gobierno ha impulsado el desarrollo del gobierno electrónico. «Tenemos que educar a los chilenos para que en su mente sea tan válido firmar un documento haciendo un click y que tenga la seguridad de que es su firma electrónica».
Firma electrónica avanzada
Para modernizar el Estado, el gobierno implementó la firma electrónica avanzada, promulgada el año 2014 y patrocinada por el Ministerio de Economía, la que permite que documentos e instrumentos privados o públicos, sean certificados, otorgándoles validez legal y seguridad.
La implementación de este mecanismo, impulsado por la Unidad de Modernización del Estado y Gobierno Digital, supone la utilización de un sistema encriptado que protege firmas, así como también estipula el uso de un multipass para asegurar estándares de autentificación.
«Entonces el objetivo de la firma es identificar de manera más segura a un usuario que realiza trámites a través de internet. Actualmente son varias empresas, pymes, organismos e instituciones estatales los que utilizan este mecanismo», explica Soto.
Al respecto, comenta que la implementación de la firma electrónica avanzada ha sufrido diversos cambios. «Por ejemplo, se eliminó el obstáculo principal que dice relación con que cada firmante debía tener en su poder un dispositivo de seguridad específico con sus antecedentes (token de seguridad). Hoy se puede realizar la firma por medio de un smartphone, tablet o computador».
Exclusivo control
Jaime Soto señala que la implementación de la firma electrónica ha sido creada usando medios que la empresa o institución mantiene bajo su exclusivo control, de manera que se vincule únicamente al mismo y a los datos a los que se refiere. «Esto garantiza la detección posterior de cualquier modificación, verificando la identidad del titular e impidiendo que desconozca la integridad del documento y su autoría».
Y agrega: «Para obtener este medio verificatorio se requiere tener un registro de la huella dactilar de la persona, además de la firma y copias digitales de la cédula de identidad».
Su uso se fundamenta además por medio de un E-token, soporte tecnológico de almacenamiento físico de firma electrónica avanzada que requiere de prueba de identidad. «Este dispositivo permite la encriptación segura de la información».
PROGRAMAS TECNOLÓGICOS
El mecanismo de finesa electrónica implica diversos programas tecnológicos. Por ejemplo, sistemas operativos que soporten la creación de certificados digitales, browser o navegadores, intemet y computador, tablet o smartphone.
Una de las formas de impulsar el uso de esta herramienta es capacitar a las personas para que asuman que firmar electrónicamente es tan válido como hacerlo de forma presencial.

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